viernes, 4 de noviembre de 2016

EL DERECHO DE INDIAS (2)

EL DERECHO DE INDIAS (2)

Evidentemente, los aborígenes están, hoy, al límite de la extinción en Nueva Zelanda; situación muy ventajosa si la comparamos con los aborígenes de Tasmania, que fueron exterminados en una cacería organizada de forma que fueron concentrándose en el centro de la isla mientras eran exterminados a lo largo de la operación. No dejaron ni uno vivo.



Con un sentimiento radicalmente contrario al de Darwin, nos señala Juan Cruz Monje que “Melchor Cano establece que los indios no pueden ser hechos esclavos, pues ningún hombre es esclavo por naturaleza y no existen razas nacidas para ser esclavas ni la naturaleza ha creado a otras para ser señoras. Este autor es tajante: Todos los pueblos son jurídicamente iguales. Carranza, por su parte, afirma que los indios no se podían vender ni comprar. Concebía a los pueblos americanos como miembros iguales de la comunidad internacional y, por tanto, no se podía hacerles la guerra, conquistarlos u ocuparlos por motivos religiosos o culturales. Lo que no estaba permitido hacer con los cristianos no se podía hacer con los infieles. Continuaba diciendo que “Los indios son personas y tienen derecho a la vida y a la dignidad, e independientemente de su raza todos los hombres son iguales”. Estos descubridores concebían la conquista americana como un protectorado dirigido a la evangelización y a garantizar los derechos humanos allí donde se conculcasen..”

Cuando Legazpi conquistó Filipinas el año 1566, ya el rajá Tupas había masacrado una expedición española en una cena trampa. Una vez vencido Tupas, Legazpi le ofrece la paz. Y es que, cuando salió de México para hacerse cargo de Filipinas había dado una consigna a la tripulación: “guerra sin cuartel a los piratas y ladrones; respeto absoluto a los nativos”. En cuanto a la mortandad de los filipinos, fue muy inferior a la que existió entre los indígenas americanos dado que los filipinos habían vivido en un ecosistema abierto y por ello estaban inmunizados contra numerosos virus.

A pesar de todo, la mortandad indígena produjo la que no fue pequeña discusión en los medios intelectuales españoles y tratamos aparte en “La Controversia de Valladolid”. ¿Tenía derecho España a la Conquista?, ¿tenía derecho a imponer unas normas de convivencia? Ante semejante tesitura dice Francisco de  Vitoria: “Otro título podría ser la tiranía de los mismos gobernantes de los bárbaros o las leyes tiránicas en daño de inocentes, como las que se ordenan al sacrificio de hombres inocentes o a la matanza de hombres libres de culpa con el fin de devorarlos”… No es perseguible la tiranía o la antropofagia por ser pecado, sino por ser antijurídica, por lesionar derechos esenciales del hombre libre, cuya condición de ser humano con plenitud de derechos deriva de su humanidad, de su condición de ser humano libre, en base a los postulados del Derecho Natural.” 

Ya en 1504, en el codicilo a su testamento decía la Reina Isabel: «Concedidas que nos fueron por la Santa Sede Apostólica las islas y la tierra firme del mar Océano, descubiertas y por descubrir, nuestra principal intención fue la de tratar de inducir a sus pueblos que abrazaran nuestra santa fe católica y enviar a aquellas tierras religiosos y otras personas doctas y temerosas de Dios para instruir a los habitantes en la fe y dotarlos de buenas costumbres poniendo en ello el celo debido; por ello suplico al Rey, mi señor, muy afectuosamente, y recomiendo y ordeno a mi hija la princesa y a su marido, el príncipe, que así lo hagan y cumplan y que éste sea su fin principal y que en él empleen mucha diligencia y que no consientan que los nativos y los habitantes de dichas tierras conquistadas y por conquistar sufran daño alguno en sus personas o bienes, sino que hagan lo necesario para que sean tratados con justicia y humanidad y que si sufrieren algún daño, lo repararen.». Algo que no tiene parangón en ninguna potencia conquistadora ni colonizadora, ni por supuesto, invasora.

Para el mantenimiento de ese nuevo orden, se hacía necesario también un ordenamiento económico, administrativo y laboral; a tal efecto, “los Reyes Católicos dispusieron la organización de la explotación de las tierras y sus recursos, especialmente los minerales, mediante los llamados Repartimientos entre españoles, no entre indios, a los que se utilizaba como mano de obra, instaurándose la institución de la Encomienda, cuya polémica aplicación desencadenó a la postre las protestas de los dominicos y sería la causa inmediata de la aprobación de las Leyes de Burgos.”

Estas protestas, que alcanzaron importancia relevante en 1511, encabezadas por el dominico fray Antón de Montesinos, denunciaban el trato inhumano que se estaba dando a los indígenas, lo que provocó un debate jurídico de capital importancia que dio lugar a la redacción de las Leyes de Burgos, creadas bajo la influencia de la escuela de Salamanca. “La doctrina jurídica de la Escuela de Salamanca significó el fin de los conceptos medievales del Derecho, con la primera gran reivindicación de la libertad, inusitada para la Europa de la época. Los derechos naturales del hombre pasaron a ser, de una u otra forma, el centro de atención, tanto los relativos al cuerpo (derecho a la vida, a la propiedad) como al espíritu (derecho a la libertad de pensamiento, a la dignidad).
Share:

0 comentarios:

Publicar un comentario

Enero perpetuo

1 2 3 4 5 6 7
8 9 10 11 12 13 14
15 16 17 18 19 20 21
22 23 24 25 26 27 28
29 30 31        

 

Kalendario

Enero

1 2 3 4 5 6 7
8 9 10 11 12 13 14
15 16 17 18 19 20 21
22 23 24 25 26 27 28
29 30 31

Febrero

1 2 3 4 5 6 7
8 9 10 11 12 13 14
15 16 17 18 19 20 21
22 23 24 25 26 27 28
29


Marzo

1 2 3 4 5 6 7
8 9 10 11 12 13 14
15 16 17 18 19 20 21
22 23 24 25 26 27 28
29 30 31

Abril

1 2 3 4 5 6 7
8 9 10 11 12 13 14
15 16 17 18 19 20 21
22 23 24 25 26 27 28
29 30

Mayo

1 2 3 4 5 6 7
8 9 10 11 12 13 14
15 16 17 18 19 20 21
22 23 24 25 26 27 28
29 30 31

Junio

1 2 3 4 5 6 7
8 9 10 11 12 13 14
15 16 17 18 19 20 21
22 23 24 25 26 27 28
29 30

Julio

1 2 3 4 5 6 7
8 9 10 11 12 13 14
15 16 17 18 19 20 21
22 23 24 25 26 27 28
29 30 31

Agosto

1 2 3 4 5 6 7
8 9 10 11 12 13 14
15 16 17 18 19 20 21
22 23 24 25 26 27 28
29 30 31

Septiembre

1 2 3 4 5 6 7
8 9 10 11 12 13 14
15 16 17 18 19 20 21
22 23 24 25 26 27 28
29 30

Octubre

1 2 3 4 5 6 7
8 9 10 11 12 13 14
15 16 17 18 19 20 21
22 23 24 25 26 27 28
29 30 31

Noviembre

1 2 3 4 5 6 7
8 9 10 11 12 13 14
15 16 17 18 19 20 21
22 23 24 25 26 27 28
29 30

Diciembre

1 2 3 4 5 6 7
8 9 10 11 12 13 14
15 16 17 18 19 20 21
22 23 24 25 26 27 28
29 30 31

Escritos recientes

Lo más leído

Unordered List

Loading...

Text Widget

Archivo de lo publicado

Copyright © Cesáreo Jarabo | Powered by Blogger

Design by ThemePacific | Blogger Theme by NewBloggerThemes.com