lunes, 10 de abril de 2017

La Inquisición en América (6)

Hemos visto que, conforme a las instrucciones dadas a los inquisidores, se exceptuó de su jurisdicción, en materias de fe, a los indios. En la número 36 de aquellas instrucciones se lee textualmente: “Ítem se os advierte que por virtud de vuestros poderes no habéis de proceder contra los indios del dicho nuestro distrito, porque por ahora hasta que otra cosa se ordene, es nuestra voluntad que sólo uséis dellos contra los cristianos viejos y sus descendientes y las otras personas contra quien en estos reinos de España se suele proceder, y en los casos de que conociéredes iréis con toda templanza y suavidad y con mucha consideración, porque así conviene que se haga de manera que la Inquisición sea muy temida y respetada y no se de ocasión para que con razón se le pueda tener odio.”  No obstante, luego se clamó porque se derogase esta excepción, debido al uso de la coca, pero la Inquisición se mantuvo firme en lo instruido.

Pero la actividad la desarrollaría la Inquisición, además de la llevada sobre los piratas al servicio de sus majestades europeas, se centraría en instaurar el orden, inexistente en muchos aspectos, principalmente el moral, ya que muchos, amparados en la distancia geográfica que los separaba de sus obligaciones en España, incidían manifiestamente en la bigamia; Fray Pedro de la Peña, obispo de Quito escribía que “casados dos veces hay muchos, una en España y otra por acá”   Parece que lo que se perseguía era la bigamia, no las relaciones extramatrimoniales, sobre las que, parece, se hacía un tanto la vista gorda, a tenor de las noticias que la Historia nos da, sin ir más lejos, de las existentes entre Hernán Cortés y Malinche.

Y es que, parece, “la Inquisición no tenía en principio nada que decir respecto a la fornicación cometida por hombre y mujer. Cabía sin embargo suponer, y a partir de ello debía procederse a la oportuna averiguación, si fornicaban por creer que no había pecado en la unión carnal, lo que evidentemente contradecía un mandamiento cristiano.“ 

Así, la Inquisición no perseguía la fornicación, que es un delito ligado estrictamente con la concepción espiritual, pero sí perseguía, por ejemplo, la bigamia, que es un delito social, y muy especialmente la solicitud de relaciones sexuales de clérigos a sus feligresas. De hecho, “en América predominan los procesos por bigamia, hechicería, supersticiones varias y también hubo una gran proporción de causas contra clérigos solicitantes. No obstante, hubo un porcentaje bajo de procesados por judaísmo.” 

Singular fue el caso de Fray Francisco de la Cruz, en cuyo proceso se manifiesta hereje con principios propios del arrianismo, con capacidad intelectual para defenderlos, manifiestamente contrario en todos los órdenes al orden establecido, fue relajado tras cinco años de proceso.

Antonio Gutiérrez de Ulloa, segundo inquisidor general de Lima, celebró el primer auto de fe en el Nuevo Mundo  el  15 de Noviembre de 1573, con una persona relajada.

“El Tribunal de Lima, desde el momento de su fundación, en 1570, hasta 1820, en que fue abolido, sentenció, según René Millar Carvacho, aproximadamente a 1700 reos, de ellos condenó a muerte a unas cincuenta personas, de las cuales 30 fueron condenadas a la hoguera y el resto salieron en estatua… El período de mayor actividad corresponde a las primeras décadas de la institución, como ya vimos, en las que se concentra cerca del 45% de todas las causas sentenciadas por el Tribunal en su historia... En la última fase, que comprende desde mediados del siglo XVIII hasta su extinción, la actividad disminuye de manera sustancial; en este período fueron sentenciados un aproximado de una causa y fracción al año, cifra bastante inferior a la de la primera mitad del XVII que era de 5 causas al año.

En el siglo XVIII, investigadores de la Inquisición en América cifran las sentencias del tribunal de Lima “en 28 relajaciones, 359 abjuraciones, 124 reconciliaciones, 34 absoluciones y 54 causas suspendidas” , siendo que entre 1570 y 1635 hubo 790 procesos, debiendo señalarse que los historiadores señalan que el número de relajaciones en toda Hispanoamérica fue de 25 o 30 penitenciados, cuestión que es remarcada por Salvador de Madariaga, quién señala que “Sólo en Inglaterra, bajo la dinastía de los Tudor, las víctimas de la persecución religiosa, ya de católicos, ya de reformados, exceden de quinientas» (El auge del imperio español en América, Buenos Aires, 207-208). 

En 1611 se creaba tribunal propio en Cartagena de Indias. “El Nuevo Reino de Granada, durante 40 años (1570-1610), estuvo bajo la jurisdicción del Tribunal de la Inquisición de Lima. En estos años, los comisarios neogranadinos remitieron a este Tribunal 44 casos, todos de hombres, en su mayoría blancos, algunos pocos mestizos y ningún negro o mulato.”

Resumiendo en cifras observamos que lamentablemente, la propaganda anti-inquisitorial y antiespañola ha hecho estragos en las mentes españolas y extranjeras, ya que los datos nos indican que en América, “durante los dos siglos y medio de actividad inquisitorial se dictó, aproximadamente, un centenar de condenas al brazo secular, a diferencia de los seiscientos condenados en España, número que para la época y para todo el tiempo que se está considerando es bastante bajo, ya que los tribunales civiles, por ejemplo, que se ocuparon de “cazar brujas” en Alemania, Francia o Inglaterra, durante el siglo XVII y mitad del XVIII, quemaron casi setenta mil brujas.

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