jueves, 24 de septiembre de 2015

La familia, base de la sociedad (3)

                           
 2.3.- Sociedad sin norte. Agravios a la familia

Otro ítem de la sociedad deshumanizada es el permanente agravio comparativo que sufre la familia, sobre todo si es numerosa, con relación a otro tipo de situaciones. En el terreno puramente económico, resulta que quienes más capital humano aportan, las familias numerosas, acaban siendo los pecheros sociales a la hora de contribuir al mantenimiento de los ancianos.

Que la familia deba mantener a sus ancianos entra en la lógica propia de la familia, y entre otras funciones, esa es una de carácter primordial. La dificultad surge cuando, como sucede en nuestra sociedad, el número de ancianos desborda todas las capacidades.

En las sociedades no complejas, no existe problema, como tampoco debe existir en una sociedad compleja bien estructurada. Económicamente no debe importar que existan ancianos sin hijos; éstos deben ser atendidos normalmente por la sociedad procurando que la merma afectiva por falta de hijos y nietos no signifique también un abandono social.

No obstante, la sociedad debía distinguir perfectamente las distintas situaciones, y no consentir que quienes se encuentran en esa situación por estricto egoísmo personal, y no por servicio a la sociedad o por circunstancias de la naturaleza o por accidentes indeseados, sean una lacra económica para otros.

Y es que, tal como están estructuradas las cosas, quienes no han querido tener hijos, e incluso quienes han asesinado a sus hijos, tienen más derechos a la hora de percibir subsidios de vejez que quienes sí han tenido hijos, siendo que son precisamente éstos quienes deben atender con su aportación la subsistencia de aquellos.

Parece bastante evidente que en la actualidad, en España, nos encontramos en una sociedad rebosante de derechos que en la práctica no son aplicados; en una situación donde finalmente quienes debían ser finalistas de los derechos están prácticamente marginados de los mismos.

Para un cristiano, son las leyes las que deben someterse a los intereses humanos y de la sociedad. Nunca al contrario. Así, “todos aquellos que quieren casarse y establecer una familia tienen el derecho de esperar de la sociedad las condiciones morales, educativas, sociales y económicas que les permitan ejercer su derecho a contraer matrimonio con toda madurez y responsabilidad” .

Y es que, como la doctrina de la Iglesia insiste, “La familia, pues, tiene inmediatamente del Creador la misión, y, por lo tanto, el derecho de educar a la prole, derecho inalienable por estar inseparablemente unido con una estricta obligación, derecho anterior a cualquier otro derecho de la sociedad civil y del Estado, y por lo mismo inviolable por parte de toda potestad terrena”.

Por eso, la legislación de una sociedad justa no puede obviar el hecho de la existencia de la familia, y más, de las familias amplias y de las familias numerosas, porque no es lo mismo una familia de cinco que una familia de diez. Parecería más lógico que las ventajas fiscales, laborales y sociales que no se reflejan en la ley, fuesen parejas al número de hijos, variando con cada uno de ellos, usando un baremo similar a los aplicados en la declaración de la renta, y considerando en ambos casos que no exista tope, como el impuesto para quienes tengan más de siete hijos.
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