viernes, 10 de febrero de 2017

La Inquisición en América (5)

La penetración en el nivel local de las estructuras inquisitoriales en la Nueva España debía operar en función de una extensa red de comisarías con la capacidad de definir unidades de vigilancia moral, social e ideológica de la cotidianidad. En el arzobispado de México y en los obispados de Yucatán, Tlaxcala, Nueva Galicia, Michoacán, Antequera, Filipinas y Guatemala, desde finales del siglo XVI y en el transcurso del siglo XVII, se configuró la primera forma de organización de las comisarías de distrito, con cabecera en la capital de sus respectivos obispados. La enorme extensión geográfica de los territorios jurisdiccionales fue sin duda la causa que en las décadas siguientes estimuló su desgajamiento en espacios menos amplios. A excepción de las comisarías de Otumba, Ichapempa, minas de San Luis y minas de Topia, a finales del siglo XVI el modelo de comisaría establecida privilegió la importancia de los puertos y de las sedes diocesanas, según se manifestaba en las Instrucciones.
La comisaría configuró este espacio local de control y de vigilancia, necesarios para el funcionamiento del Tribunal del Santo Oficio. La red de comisarías, como generadora de los materiales necesarios para iniciar las causas y los procesos, abarcó la totalidad del territorio…La finalidad de la comisaría consistió, como representación inquisitorial, en garantizar la existencia local de un órgano rector de las ideas, de las conductas y de las prácticas cotidianas. Esto no significa que existiera una persecución incisiva contra los infractores, sino que su objetivo era recoger las denuncias e interrogar a los testigos.

El resultado de todo este gran aparato era que, como sucedía en el mundo agrícola de España, pero en mucha más medida, la presión de la Inquisición era inexistente, ya que en la práctica residía en el párroco, cuyas funciones principales no eran las de la Inquisición. “La mayor parte de la población, de hecho el 80%, permanece ajena al procedimiento inquisitorial por dos razones: al quedar exentos del fuero del Santo Oficio, los indígenas no pueden ser inculpados y, por otra parte, el peso del contexto sociocultural los excluye prácticamente de la función de denunciantes. Así es que la Inquisición mexicana funciona por y para el 20% de la población, unas 450000 personas aproximadamente entre españoles -metropolitanos y criollos-, europeos en general, mestizos, africanos, mulatos y asiáticos, puesto que la única condición para que interviniera el Santo Oficio era que el sujeto fuese cristiano.”  

Una vez ya instaurada la Inquisición, y saltándose lo instruído al respecto,“el Tribunal de la Inquisición en el siglo XVII juzgó algunos casos de indígenas: así, en 1625 en Chiautla, en la región de Villa Alta de Oaxaca, fray Fernando de Porras, agustino, comisario del Santo Oficio, juzgó y condenó a un indio zapoteca por el uso de alucinógenos.”  Hay que señalar que la palabra “condenó” no implica que la condena fuese a la hoguera… Pudo condenarlo a rezar un rosario. El dato concreto es desconocido para el autor de este trabajo. No obstante, debemos ser conscientes que durante los siglos XVII y XVIII, entre los tribunales de México, Cartagena y Lima se sustanciaron 3.145 casos, la mayoría por bigamia, seguido de blasfemias , siendo que el procesamiento de indios, conforme a lo estipulado, brilla por su ausencia, y debemos considerar que de características similares era tanto el tribunal de Cartagena como el de Lima, y que “duró el Santo Oficio en la vastísima extensión del virreinato del Perú doscientos cuarenta y tres años; en ellos fueron castigados, a lo sumo, quinientas personas (desde las quemadas hasta las reconciliadas), es decir, ¡dos por año!

Pero como la Ilustración tiene otras varas de medir que las que se calibran con los datos históricos, “a finales del siglo XIX, Antonio Carrión, protestante, publicó en México una Galería de indios célebres. En esa galería, entre otros indios reales, se inventó la existencia de un indio dominico, fray Martín Durán, quemado por el Santo Oficio por herejía. Don José María Vigil, a la sazón director de la Biblioteca Nacional, consultó del caso con el sabio don Joaquín García Icazbalceta. Éste, en una carta ya publicada, desvaneció el mito y, con su prudencia característica, llegó a la conclusión de que el intento del falsario era hacer existir en el siglo XVI novo hispano un indio preluterano.”

La actividad inquisitorial en América se nutrió en gran medida de piratas al servicio de su majestad británica, ya que las posesiones españolas fueron objetivo de “continuos ataques de los corsarios y piratas protestantes -principalmente ingleses, holandeses y franceses- en los cuales las atrocidades que cometían eran alimentadas por sus convicciones religiosas anticatólicas. Los piratas tenían como común denominador ser protestantes extranjeros animados por una insaciable sed de riquezas sólo comparable a su odio a España y a la Iglesia Católica. Curiosamente, aunque siempre conforme a la práctica de la Inquisición, la enorme mayoría de los enjuiciados por tales motivos fueron reconciliados y tratados benignamente.”

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